Pinitú Mejía, Mario Neftaly (2019) El artículo trescientos veintiuno, literal C, del código de trabajo y la limitante a los estudiantes de derecho en las audiencias de procesos laborales. Other thesis, Universidad de San Carlos de Guatemala. El presente trabajo de investigación se realiza sobre el efecto que acarrea la limitación que regula el artículo trescientos veintiuno del Código de Trabajo, en la sustanciación de los procesos laborales que tienen que administrar los estudiantes de derecho, que con arreglo al pénsum de estudio de la carrera de ciencias jurídicas y sociales, al haber aprobado los cursos de derecho del trabajo.

Qué ocurre cuando el trabajador sea despedido y desee hacer valer sus derechos, mas no cuente con los recursos económicos suficientes para contratar los servicios de un Abogado y tampoco pueda hacerse de los servicios fyd-abogados accidentes del trabajo concepción bufete popular debido a que el monto a reclamar, es superior al límite que es tolerado legalmente? En el Bufete Popular es una institución social de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el que cuenta con un conjunto de recomiendes en las distintas ramas del derecho, que cumplen una función de formación técnico profesional a los estudiantes practicantes, aparte de brindar asistencia legal gratuita, a las personas llamadas usuarios, que son de escasos recursos económicos y siendo Guatemala un país donde la cota de desempleo es alta y los sueldos no son acordes al costo de la canasta básica, puesto que en la mayoría de los casos no se paga ni siquiera el mínimo en lo que se refiere al sueldo que se le paga al trabajador; por esta razón se plantea que: “los trabajadores se ven perjudicados cuando se les asignan a los estudiantes, casos laborales cuya cuantía sobre pasa el límite que establece el Código de Trabajo, en el artículo trescientos veintiuno, para que puedan recomendar en los litigios que se sustancian en el juzgado de primera instancia de trabajo, previsión social y de familia” .